Conflicto colectivo

Un conflicto colectivo se trata de un procedimiento que se invoca debido a un desacuerdo laboral, que necesita una aplicación de normas, análisis...

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Ronny Navarrete

HR Consultant

que es un convenio colectivo

31 de octubre, 2024

El conflicto colectivo se trata de un procedimiento que se invoca debido a un desacuerdo laboral, que necesita una aplicación de normas, análisis, interpretaciones… Como, por ejemplo, el despido de un número de trabajadores superior al de los umbrales marcados legalmente.

Los sindicatos son los colectivos que pueden realizar esta acción de forma activa, así como las autoridades laborales y las administraciones públicas empleadoras.

¿Cuáles son los requisitos de un conflicto colectivo para que sea considerado como tal?

Los requisitos de un conflicto colectivo vienen estipulados por el Tribunal Supremo y son los siguientes:

  • Ha de afectar a la colectividad de los trabajadores.
  • La colectividad ha de ser homogénea.
  • Las sentencias que se han dictado han de ser declarativas, y solo en excepciones contengan obligaciones de condena de hacer.
  • El conflicto colectivo tiene carácter jurídico.
  • Se ha de presentar por medio del procedimiento adecuado para cada supuesto.
  • En los conflictos de interpretación no cabe que esta se produzca como consecuencia de un interés individual en que la interpretación que puede afectar al colectivo se ponga en manifiesto.
  • La conflictividad por práctica de empresa se puede definir como la existencia de un acuerdo que contiene una interpretación o aplicación controvertidas de una norma estatal o convencional de ámbito general o sectorial.

¿Cuáles son las fases del procedimiento del conflicto colectivo?

Los trabajadores e interesados siempre deberán actuar a través de sus representantes, que deberán seguir los siguientes pasos del conflicto colectivo.

  1. Acciones de preparación: se determina quiénes son los integrantes del grupo de afectados, y el Tribunal analiza las circunstancias.
  2. Tramitación previa al procedimiento del conflicto colectivo: se realiza un acto de conciliación o mediación con la intención de terminar de forma positiva.
  3. Demanda: Se individualizan a los trabajadores y empresas afectadas con el objetivo de aplicar correctamente la sentencia que se deriva del juicio.
  4. Juicio: Se citan a las partes para la celebración del juicio. La sentencia será de carácter ejecutivo y no se podrá juzgar lo ya juzgado.
  5. Ejecución de la sentencia: los sindicatos deben acreditar que están legitimados para adherirse al proceso de ejecución de la misma en representación de sus afiliados.

Debes saber que se trata de un procedimiento urgente y preferente, con plazos y cuyas resoluciones no son recurribles.

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